"El idioma de las ciencias de la salud"

inferioridad psíquica

De Diccionario Académico de la Medicina
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inferioridad psíquica
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  1. Medicina forense. Atenuante de la pena para el autor de un delito. El numeral 10 del Artículo 64 del Código Penal Colombiano prevé como atenuantes «Las condiciones de inferioridad psíquica determinadas por la edad o por circunstancias orgánicas, en cuanto hayan influido en la ejecución del hecho». En general se ha interpretado esta norma como referida a los jóvenes con edad próxima a la fijada como límite para empezar a ser imputable (los 18 años), y a ancianos en quienes se detecta algún deterioro en sus capacidades psíquicas, que no alcanza a ser tan severo como para considerarlos inimputables, y también a personas que padecen algún grado de limitación mental que disminuye su capacidad cognoscitiva o volitiva, pero no en forma tan severa como para considerarlos inimputables.